Personas Sordas y Personas con Discapacidad Auditiva
Definición y Enfoque de Derechos Humanos
La discapacidad auditiva es el resultado de la interacción entre las personas con condición de sordera profunda o hipoacusia y un entorno diseñado exclusivamente para la comunicación oral-auditiva, el cual obstaculiza su participación en igualdad de condiciones. El caso de la Comunidad Sorda, presentan una identidad cultural propia, cuya lengua natural, viso-gestual y espacial (como la Lengua de Señas Venezolana), es un derecho humano fundamental.
Barreras Comunes y Desafíos de Inclusión
- Barreras Comunicacionales y Lingüísticas: Imposición del lenguaje oral como única vía de interacción, ausencia de intérpretes de Lengua de Señas en servicios públicos, salud, educación y medios de comunicación, así como la falta de subtitulación y tecnologías de apoyo.
- Barreras de Infraestructura y Diseño Universal: Carencia de adaptación en espacios que dependen del sonido para la orientación o la seguridad, evidenciada en la falta de sistemas de alerta visuales (luces estroboscópicas) para situaciones de emergencia.
- Desafíos para la Autonomía e Inclusión Laboral: Exclusión en el empleo y en los procesos de formación sociolaboral debido a la rigidez de metodologías oyentes que no contemplan la accesibilidad lingüística, ni los ajustes razonables necesarios en el entorno de trabajo.
Marco Legal
Ley Orgánica para la Inclusión, Igualdad y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad. Artículo 57: El Estado venezolano diseñará e implementará políticas públicas dirigidas a la plena inclusión de las personas sordas y personas con discapacidad auditiva, asegurando las medidas específicas de rehabilitación, apoyo o formación, incluyendo las herramientas y dispositivos técnicos necesarias para garantizar su participación en la vida social, económica, cultural y política del país. Tomando en cuenta, de forma especial, la promoción de la enseñanza e implementación de la Lengua de Señas Venezolana en todos los espacios de la vida nacional.